Procedimiento de evaluación para el EUNACOM-SP

 
           
 
 
 
Versión 3
1 de julio, 2014
 
     
  Reemplaza a la versión 2, vigente desde el 4 de octubre de 2010. Los cambios introducidos se reflejan en los artículos 4.3, 5.1, 7.1 y 8.1 del presente procedimiento.  
     
 

1.- Coordinación del EUNACOM-SP

1.1.- La inscripción al EUNACOM-SP es parte de la inscripción al EUNACOM y se realiza en ASOFAMECh, así como cualquier eventual retiro del proceso.
1.2.- ASOFAMECh designará a cada inscrito una escuela examinadora y se entenderá directamente con el coordinador designado por esa escuela para efectos del EUNACOM-SP.

 
           
 

2.- Objetivo

2.1.- El objetivo general del EUNACOM-SP es determinar si el examinado posee las habilidades mínimas para ejercer la medicina general en Chile.

 
    2.1.1.- El EUNACOM-SP es una instancia de evaluación y no de formación. La preparación para el examen es de exclusiva responsabilidad del examinado.  
           
 

3.- Contenidos de la evaluación práctica y de la interrogación oral

3.1.- Los contenidos clínicos de la evaluación son los definidos en el documento Perfil de Conocimientos del Examen Médico Nacional.
3.2.- Los examinadores podrán evaluar además habilidades transversales fundamentales para el ejercicio de la profesión, tales como la capacidad de establecer una efectiva comunicación con el paciente, el resguardo de su dignidad y confidencialidad, el buen trato o procedimientos de higiene y seguridad.

 
           
 

4.- Estructura de la sección práctica del EUNACOM

4.1- La sección práctica del EUNACOM consiste en 4 etapas, que no pueden evaluarse simultáneamente.
4.2.- Las cuatro etapas son Medicina Interna, Pediatría, Obstetricia-ginecología y Cirugía, que se rendirán en el orden que determine ASOFAMECh, de acuerdo con el coordinador EUNACOM de la escuela examinadora.
4.3.- Cada etapa tendrá una duración mínima de 5 horas y estará compuesta de una evaluación práctica y de una interrogación oral.

 
    4.3.1.- La etapa sólo podrá durar un tiempo menor al indicado cuando se encuentre implementada en modalidad ECOE.
4.3.2.- La interrogación oral ante comisión no será obligatoria cuando la etapa se encuentre implementada en modalidad ECOE, quedando a criterio de la escuela el incluirla o no.
4.3.3.- Cada etapa podrá desarrollarse en uno o más días y en uno o más lugares, dependiendo de la disponibilidad docente.
 
           
 

5.- La evaluación práctica

5.1.- La evaluación práctica deberá durar como mínimo 4 horas, no necesariamente continuas, y deberá completarse antes de la interrogación oral. La evaluación solo podrá durar menos de 4 horas cuando esté implementada bajo modalidad ECOE.
5.2.- Deberá rea
lizarse en un ambiente clínico, que podrá ser hospitalario o ambulatorio, real o simulado.

 
    5.2.1.- Los campos clínicos donde que se utilicen para el examen serán definidos por la escuela examinadora, entre aquellos donde esa escuela realice docencia formal y permanente. Si el servicio no es propiedad de la Universidad, deberá contar con un convenio docente-asistencial vigente.
5.2.2.- Aunque se recomienda que una parte de la evaluación práctica se realice en ambiente hospitalario y otra en ambiente ambulatorio, esto no es una exigencia y será decisión de la escuela examinadora.
 
  5.3.- El examinado deberá ser evaluado en relación a un paciente y su patología.  
    5.3.1.- Los pacientes escogidos para la evaluación práctica, sean reales o simulados, deberán corresponder a las situaciones clínicas identificadas en los puntos 3.1 y 3.2.
5.3.2.- Los examinadores podrán solicitar al examinado la realización de cualquier procedimiento o acción médica que consideren necesaria para cumplir con el nivel definido en el Perfil de Conocimientos del Examen Médico Nacional para esa situación clínica.
 
  5.4.- Los métodos deberán estar dirigidos a evaluar las habilidades clínicas prácticas del examinado y serán decisión del examinador.  
   

5.4.1.- Son métodos válidos:
a) Presenciar el desempeño práctico del examinado frente a un paciente real o simulado, ambulatorio u hospitalizado, con o sin direccion del examinador.
b) Permitir la entrevista y examen de un paciente por parte del examinado e interrogarlo a continuación respecto al caso.
c) Solicitar al examinado la realización de procedimientos en presencia y bajo supervisión directa del examinador.
d) Examen Clínico Objetivo Estandarizado (ECOE).
e) Simuladores, fantomas, o cualquier otro material que permita evaluar habilidades clínicas específicas.

5.4.2.- No son métodos válidos:
a) Evaluaciones escritas.
b) Evaluaciones simultáneas a más de un examinado.
c) Presentaciones del examinado respecto a algún tema médico.

 
           
 

6.- La interrogación oral

6.1.- La interrogación oral consistirá en una única sesión de al menos 30 minutos.
6.2.- Deberá ser realizada por dos o tres examinadores.
6.3.- Deberá realizarse en un entorno que garantice privacidad y en ella sólo podrán estar presentes el examinado y los examinadores. Excepcionalmente podrá presenciar el examen el coordinador de la escuela o un representante del EUNACOM.

 
    6.3.1.- La interrogación oral puede realizarse en un lugar distinto al de la evaluación práctica, siempre que corresponda a un entorno académico formal.  
           
 

7.- Examinadores

7.1.- Los examinadores de cada etapa deberán tener al menos 5 años de categoría académica, aunque no necesariamente en la escuela examinadora.

 
           
 

8.- Informes y vigencia de los resultados

8.1.- Al completar cada etapa, los examinadores deberán informar oralmente al examinado de la aprobación o reprobación de la misma antes de transcurridos 7 días hábiles de concluída la etapa. También deberán enviar un informe escrito al coordinador EUNACOM de la escuela, en un lapso de tiempo que permita cumplir con los plazos establecidos en la normativa.

 
    8.1.1.- Los examinadores no entregarán al examinado ningún informe escrito con el resultado de su evaluación, los certificados son responsabilidad exclusiva de ASOFAMECh.  
  8.2.- Para aprobar la sección práctica del EUNACOM, el interesado deberá aprobar las cuatro etapas, sin embargo, la reprobación de alguna etapa no impide al examinado rendir las demás.
8.3.- El examinado tendrá derecho a solicitar la repetición de una de las etapas reprobadas, sin requerir nueva inscripción al EUNACOM, bastando para ello informar de esa intención al coordinador EUNACOM de la escuela examinadora.
8.4.- Aunque el examinado repruebe el EUNACOM-SP, la aprobación de cada etapa individual mantendrá su vigencia por un año cronológico y será considerada como aprobada si se encuentra vigente al momento de una futura inscripción al EUNACOM.